Objetivo de la ayuda
La presente resolución tiene por objeto convocar para el año 2025 en régimen de concurrencia competitiva, las subvenciones para el mantenimiento y funcionamiento de las asociaciones juveniles, organizaciones juveniles y entidades prestadoras de servicios a la juventud de ámbito estatal, de acuerdo con lo previsto en el artículo 2 de la Orden SSI/1204/2015, de 16 de junio, por la que se establecen las bases
reguladoras para la concesión de subvenciones para el mantenimiento, funcionamiento y equipamiento de asociaciones juveniles, organizaciones juveniles y entidades prestadoras de servicios a la juventud de ámbito estatal.
¿Quién puede solicitarla?
Fundaciones
Asociaciones
Entidades sin ánimo de lucro, ONG
Requisitos
Tener ámbito de actuación estatal según sus Estatutos.
Acreditar documentalmente tener sede abierta y en funcionamiento en el ámbito de varias Comunidades Autónomas.
Carecer de fines de lucro.
Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
Haber justificado, en su caso, suficientemente las subvenciones recibidas con anterioridad del Instituto de la Juventud.
No estar incursas en el resto de las prohibiciones que, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones, se establecen en el artículo 13, apartados 2 y 3 de la Ley General de Subvenciones.
Plazo de solicitud
Hasta el 26 de mayo de 2025.
